Casos legales

Caso 19555-08-17 NORSTAR HOLDINGS INCVS. FIMI OPPORTUNITYIV LP - parte 4

August 12, 2021
Impresión

El razonamiento del Honorable Juez Stein en el caso Bibi Roads tambiénrespalda esta conclusión, ya que se trata de un acuerdo cerrado y exhaustivo cuyos términos se definen de manera clara y clara, y no requiere una interpretación creativa.  Cabe señalar que el Honorable Juez Stein también reiteró en otro caso el razonamiento antes mencionado del Honorable Juez Grosskopf en el asunto deBibi Roads [ver CA 8553/19Alexander Oren Ltd.  v.  Cohen, párr.  22de la sentencia del Juez Stein (publicada en Nevo, 17 de noviembre de 2020)].

  1. Por lo tanto, no hay lugar para la interpretación amplia que Norstar pretende dar a la cláusula 1.02, en vista del lenguaje claro de esta cláusula, y aunque la cláusula no califica la venta de acciones a una empresa del Grupo Ormat, cualquier venta de acciones, dondequiera que se encuentre, entra dentro del alcance de la cláusula.
  2. En la interpretación de la cláusula 1.02 de acuerdo con el lenguaje del acuerdo, también debe hacerse referencia a la cláusula en la que se determinó que el umbral establecido en el acuerdo debe ajustarse a varios tipos de cambios de capital en Ormat Industries:
  3. Una revisión de las disposiciones de la cláusula 1.02 en su totalidad revela que las partes buscaron determinar la forma de cálculo que se llevaría a cabo cuando se produjeran cambios en la estructura de capital de Ormat Industries. Por lo tanto, las partes han optado por abordar explícitamente la necesidad de ajustar el número de acciones y el umbral acordado en situaciones en las que se produce un cambio en la estructura de capital de Ormat Industries.  Sin embargo, en este caso, no se realizó ningún cambio en la estructura de capital de Ormat Industries, sino que todas sus acciones se vendieron a otra empresa, Ormat Technologies, en una transacción de fusión, como se detalla a continuación.  También se desprende del lenguaje del acuerdo que las partes no tenían la intención de hacer un ajuste en caso de venta de acciones (cuando la contraprestación es en efectivo o acciones), sino solo en caso de un cambio en la estructura de capital de Ormat Industries (véase el párrafo 28 de la declaración jurada del Sr.  Gilon Beck).
  4. Por lo tanto, la conclusión obvia de la redacción simple y clara de la cláusula es que la intención de las partes era aplicar la cláusula de participación en los beneficios a cada venta de acciones de Ormat Industries, es decir, también a la operación de fusión, y que la venta de acciones de Ormat Technologies en2017, en la que Norstar basa su reclamación, no le da derecho a participar en los beneficios, ya que no se trata de una venta de acciones de Ormat Industries. Más bien, es la venta de acciones de otra empresa, a la que no se aplica el acuerdo.

Las intenciones de las partes aprendidas de las circunstancias del caso

  1. En cualquier caso, incluso si supongo que el lenguaje del acuerdo no es suficiente para interpretar la cláusula 1.02, mi conclusión con respecto a la interpretación de esta cláusula se ve reforzada en vista de todas las circunstancias, tanto las que precedieron a la fecha de firma del acuerdo como las que ocurrieron después, como se explica a continuación.
  2. El lugar de las circunstancias externas que rodearon la firma del acuerdo, tanto antes como después del mismo, cuando llegamos a interpretar un contrato, el Honorable Presidente en ese momento, el Prof. Aharon Barak, se refirió al caso Apropim (en las páginas 311-312 de la sentencia):

"Un contrato se interpreta de acuerdo con las intenciones de las partes.  Esta intención son las metas, objetivos, intereses y plan que las partes buscaron realizar conjuntamente.  El intérprete se enteró de la intención por el lenguaje del contrato y por las circunstancias externas al mismo.  Estas dos fuentes son "aceptables".  Con su ayuda, el comentarista formula las intenciones conjuntas de las partes.  La transición de la fuente interna (el idioma del contrato) a la fuente externa (las circunstancias externas) no depende del cumplimiento de ningún requisito previo.  No se requiere un examen previo, ya sea que el lenguaje del contrato sea claro o no.  Esta pregunta se aclarará solo al final del proceso interpretativo...  El objeto del contrato puede extraerse de él y de la esencia de sus arreglos y estructura, así como de fuentes externas al mismo, como el curso de las negociaciones entre las partes y su conducta después de la celebración del contrato, otros contratos que existan entre ellas, la práctica comercial que conocen o que presumiblemente deberían conocer, y otras fuentes que puedan indicar el objeto y el propósito del contrato..."

  1. En nuestro caso, la conducta de las partes, tanto durante como después de las negociaciones, establece y fortalece la interpretación del acuerdo por parte de Fimi. ¿De qué se trata esto?

Las circunstancias anteriores a la fecha de firma del acuerdo

  1. Norstar alega, como se ha detallado anteriormente, que en el curso de las negociaciones entre las partes se descubrieron lagunas entre las partes en cuanto al valor de las acciones de Ormat Industries y al precio por acción y, por lo tanto, se afirma que se estableció un mecanismo de participación en los beneficiospara salvar las diferencias entre las partes. Sin embargo, este argumento no está respaldado por ninguna evidencia.  Las pruebas demuestran que la brecha entre las partes, en la medida en que existía, era mínima y, en cualquier caso, el mecanismo que se estableció para compartir los beneficios era marginal a la hora de determinar los términos del acuerdo y no tenía por objeto convertir a Norstar en un "socio" de Fimi en sus beneficios de la venta de las acciones, como afirmaba.  Y lo explicaré.
  2. En primer lugar, como se indicó anteriormente, Norstar alcanzó una participación del19% de las acciones de Ormat Industries con una inversión de aproximadamente 1.160millones de shekels y, según sus testigos, sus pérdidas debidas a la medida se estimaron en aproximadamente 500 mil millones de ILS (ver el testimonio del Sr. Haim Katzman, CEO y vicepresidente de la Junta Directiva de Norstar (en adelante: "  Katzman")en la página49del acta de la audiencia del 29 de junio de 2021, líneas2-8).  Por lo tanto, Norstar comenzó a vender sus acciones en Ormat Industries y vendió una cantidad similar de acciones en2009 (véase la página49del acta de la audiencia del 29 de junio de 2021, líneas11-12), y nuevamente en2013 a un precio de 20 ILS por acción (véase la página51del acta, líneas4-8).Un precio inferior al precio al que se vendieron las acciones a Fimi en2011 (a un precio de 22 ILS por acción), sin un mecanismo de participación en los beneficios (página52del acta, líneas21-24).
  3. El Sr. Yishai Davidi, CEO y fundador de Fimi (en adelante: "  Davidi") testificó en su testimonio sobre los antecedentes del deseo de Norstar de vender acciones de Ormat Industries a Fimi como resultado de "la intensa angustia en la que se encuentran en su relación con la familia Bronicki y la gran disputa entre ellos y su incapacidad para ver de dónde venían de su mala inversión" (ver página139de las actas de la audiencia de la audiencia del día de la audiencia).  6 de julio de 2021, líneas11-15).
  4. En segundo lugar, la declaración jurada del Sr. Katzman indica que el mecanismo de participación en los beneficios se determinó en el contexto de su evaluación de que FIMI mejoraría el valor de las acciones del Grupo Ormat para que los accionistas del grupo, incluido Norstar, se beneficiaran de sus actividades (véanse los párrafos12-13de la declaración jurada del Sr.  Katzman y su interrogatorio en la página49del acta de la audiencia del 29 de junio de 2021, líneas 21-24).
  5. En este contexto, cabe destacar que antes de la conclusión del acuerdo entre las partes (y después de la venta en2009), Norstar poseía el 15,16% de las acciones de Ormat Industries, y como parte del acuerdo, Fimi vendió el4,21% de las acciones de Ormat Industries, dejando alrededor del 11% de las acciones de Ormat Industries en sus manos. En otras palabras, todavía tiene muchas de las acciones que vendió, y en la medida en que Fimi había mejorado el valor de las acciones de Ormat Industries, como de hecho sucedió, se habría esperado que Norstar se beneficiara de esto, mientras que, como se mencionó anteriormente, permaneció en posesión de alrededor del 11% de las acciones de Ormat Industries.
  6. De ahí que la valoración de Norstar en el momento de la firma del acuerdo fuera que, además de recibir la contraprestación dineraria por la venta de las acciones (véase la página51del acta de la audiencia del 29 de junio de 2021, líneas10-15), también se beneficiaría de la mejora de las acciones de Ormat Industries que quedaban en sus manos (ibíd., líneas20-21). En cualquier caso, no se presentó ninguna prueba en apoyo de la alegación de que existiera alguna diferencia en cuanto al valor de las acciones vendidas o a la magnitud de dicha diferencia.
  7. En tercer lugar, el testimonio del Sr. Davidi indica que el mecanismo de participación en las ganancias tenía la intención de cerrar "una brecha relativamente pequeña para la transacción" (consulte la página140del acta de la audiencia del 6 de julio de 2021, línea5).  Este testimonio no fue ocultado.
  8. En cuarto lugar, en el párrafo19de su declaración jurada, el Sr. Dori Segal, quien se desempeñaba en ese momento como Vicepresidente de la Junta Directiva de Norstar (en adelante: "  Segal"), afirmó que antes de la firma del acuerdo de compra de acciones, se celebraron varias reuniones con representantes de FIMI sobre la posibilidad de realizar cambios organizacionales y estructurales en el Grupo Ormat, lo que mejoraría el Grupo Ormat, y al respecto se discutieron varias ideas diferentes.  Por lo tanto, argumenta Norstar, no hay lógica de que las acciones de mejora en sí mismas constituyan la venta que genera el mecanismo de participación en las ganancias.

Sin embargo, este argumento no solo no estaba respaldado por testimonios o pruebas, sino que no se reflejaba en el lenguaje del acuerdo.  Como se dijo, este es un contrato comercial y, por lo tanto, se debe dar prioridad a su lenguaje cuando el tribunal lo interprete.  Cuando se trata de partes comerciales experimentadas, se habría esperado que si Norstar hubiera tratado de abstenerse de aplicar el mecanismo de participación en las ganancias a los cambios organizacionales dentro del Grupo Ormat, e incluso hubiera sido consciente de esta posibilidad, según su versión, esto se habría establecido explícitamente en el acuerdo.  Dado que este no es el caso, no puedo aceptar su argumento.

Parte previa1234
56Próxima parte