A la luz de todo lo anterior, los demandantes alegan que la decisión de cerrar las cuentas se tomó en el marco de un procedimiento indebido, y que esta razón es suficiente para llevar a su cancelación. Además, incluso en cuanto al fondo, los demandantes afirman que, si bien es posible que se levantaran banderas rojas por encima de su actividad, estas no son suficientes, especialmente porque se les dio el día: cualquier duda o sospecha que pudiera haber surgido de la existencia de estas banderas rojas, se eliminó o no se formó. A la luz de lo anterior, los demandantes afirman que se acepte la demanda, que se ordene la cancelación del aviso de cierre y que se instruya al banco para que continúe brindando servicio a los demandantes, al tiempo que se dan instrucciones al banco sobre cómo se administrarían las cuentas a partir de ahora.
- En los resúmenes de respuesta presentados por el Banco, el Banco se refiere a los argumentos de los demandantes, reitera sus argumentos tal como se detallan en sus resúmenes y desea centrarse y responder a los siguientes argumentos:
Según el banco, los demandantes no pudieron lidiar con las "banderas rojas" que planteó extensamente en sus resúmenes. Alega además que, en todo caso, la fecha para examinar la razonabilidad de su decisión es el 20 de marzo de 2017, ya que también se deriva del acuerdo procesal de las partes de la audiencia, tal como se refleja en la audiencia del 30 de noviembre de 2017. Además, según él, incluso si tenía razón en la afirmación de que su decisión se tomó en noviembre de 2016, esto no cambia la razonabilidad de su decisión, dado que también tiene derecho a confiar en la información a la que estuvo expuesto en momentos posteriores, y especialmente en vista del hecho de que trató de dar a los demandantes oportunidades adicionales para producir documentos y referencias de una manera que lo satisficiera y le permitiera continuar con la gestión adecuada de las cuentas.
El Banco se refiere al hecho de que su decisión del 20 de marzo de 2017 es razonable en vista de un número considerable de motivos y "señales de alerta", que, aunque el Banco se ha puesto en contacto con los demandantes muchas veces, recibió de los demandantes solo documentos parciales y/o documentos que no cumplían con los requisitos del Banco. Por lo tanto, según él, después de aproximadamente un año completo de repetidas solicitudes y sin la cooperación de las empresas y el Sr. Toledano, anunció el cierre de las cuentas.