Casos legales

Estímulo de apertura (Haifa) 1682-04-20 Alon Hanchin v. Technion – Instituto de Tecnología de Israel - parte 57

December 24, 2020
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En el mismo asunto, se enfatizó que la confiabilidad y la confiabilidad son cualidades necesarias para la profesión médica que se ocupa de la ley de la vida, y es inconcebible que una situación en la que un médico proporcione solo información parcial y oculte detalles que puedan actuar en su detrimento.

 

El tribunal en el caso Akram opinó que la decisión del comité de admisiones se basaba en la ley, y que la presentación de un certificado médico de incapacidad para realizar el examen en un lugar y para realizar el examen en otro lugar tenía la intención de lograr un beneficio por medio de información parcial, y en estas circunstancias el tribunal no encontró un defecto en la decisión del comité de admisiones.

En el apartado 4 de la sentencia en el asunto Akram, también se hace referencia a la cuestión de la grabación de las actas, con referencia al hecho de que el demandante no señaló una alegación material que no constaba en las actas, y también con referencia al hecho de que la ausencia de una grabación de todas y cada una de las palabras no lleva a la conclusión de que la transcripción sea inexacta, cuando refleja lo que se dijo.

En el apartado 77 de la presente sentencia, en el caso del demandante que me ocupa, se especificó la finalidad de la grabación de una transcripción, y el protocolo adjunto por el Technion cumple los requisitos para ello, y no creo que se haya omitido una declaración significativa en comparación con la transcripción transcrita.

Por lo tanto, no hay razón para anular la decisión del segundo Comité Consultivo y de Seguimiento, ni hay margen para devolverle el asunto, dependiendo por supuesto de la cuestión de cuál será la decisión del primer Comité Consultivo y de Seguimiento, en cuyo contexto se dictaminó que el caso del demandante debía ser devuelto para una nueva vista, como se ha detallado anteriormente.

Si se produce un cambio en la decisión de la primera comisión consultiva y de seguimiento, en lo que respecta a la cuestión de la posibilidad de continuar los estudios del solicitante de la titulación MDNaturalmente, el asunto también tendrá implicaciones para la decisión del segundo comité asesor y de seguimiento, y el demandado abordará esto.

  1. Con respecto a las reclamaciones del Solicitante con respecto a las publicaciones del Sindicato de Estudiantes sobre la no aplicación de sanciones contra estudiantes en situación académica inadecuada, señalaré que el Sindicato de Estudiantes es un organismo separado del Technion y una asociación separada registrada por ley, cuyos miembros son el público estudiantil del Technion.

El objetivo principal del sindicato de estudiantes es ayudar a los estudiantes con diversas necesidades (ver esto enC.A. 162/05 Asociación Registrada de la Unión de Estudiantes de Technion contra Moshe Barmak [Publicado en Nevo] (16 de abril de 2007), así como los detalles en el Reglamento de Estudios de Pregrado).

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