Pero ni la sociedad ni la ley se congelan. A nivel constitucional, basta con señalar la aprobación de la Ley Fundamental: Dignidad y Libertad Humanas (en 1992) y sus implicaciones para la forma en que se pueden violar los derechos protegidos. En el plano jurídico, mencionaremos la aprobación de la Ley de Derechos de los Estudiantes (5767-2007). El apelante desea evitar la "legalización" que ha impregnado nuestros lugares, pero mientras no haya habido un cambio en la dirección del péndulo, y no se hayan encontrado otras formas de proteger los derechos de varios derechos, la ley es una herramienta central en esto. Cualquier esfuerzo de mediación y procedimientos judiciales alternativos debe ser bienvenido, pero aún queda un largo camino por recorrer. Específicamente, en el plano fáctico, mencionaremos, entre otras cosas, el peso creciente que tiene la educación superior en la capacidad de una persona para integrarse en la sociedad a nivel profesional y económico (véase también Lewis, en p. 315), y no en vano se escribe "que el fenómeno según el cual la educación superior es una condición para la integración de una persona en la fuerza laboral y la sociedad solo está aumentando" (Y. Rabin, The Right to Education (2002) 100). También se mencionará la tendencia a aplicar normas de derecho público a entidades que no son autoridades estatales (véase CA 3414/93 On v. Diamond Exchange Enterprises (1965), IsrSC 49 (3) 196; CA 10419/03 Dor v. Ramat Hadar - Cooperative Village for Agricultural Settlement Ltd. (no publicado), párrafo 15; (3) 196; El caso Eliseo, apartado 18; CA 1773/06 Alef c. Kibutz Ayelet Hashahar (inédito), párrafos 79 y 80). En el caso de Stern, que refleja algunas de estas tendencias, incluso tuve la oportunidad de decir:
"Iré un paso más allá y diré que si no fuera por la de-Mustafina, habría pensado que se acercaba el momento en que habría espacio para exigir la existencia misma de tribunales disciplinarios en organismos del tipo de 'Egged'. El mundo ha cambiado, incluso en los años que han pasado desde el caso Ignat. Lo que era propiamente aceptado y deseable en una realidad social en la que una sociedad cooperativa expresaba un ideal de grupo con objetivos elevados, dio paso al mundo individualista de los Idena".