Sin embargo, la distribución de folletos difamatorios en todo el campus, cuando los folletos atribuyen presuntos delitos penales a los funcionarios del demandado, y cuando los solicitantes no pueden probar lo que se afirma en esos folletos, no es una expresión de libertad de expresión, sino más bien un ejercicio de la libertad de difamación.
Como se indicó anteriormente, Nadav Ziv, quien fue uno de los distribuidores y anunciantes de los folletos, dijo en su testimonio que él y sus amigos fueron alimentados por una fábrica de rumores.
Los rumores no justifican la difusión de acusaciones e insultos, y el principio de libertad de expresión no puede legitimar el daño injustificado al buen nombre de los demás.
- Los Demandantes argumentaron además que la audiencia en primera instancia del Tribunal Disciplinario del Demandado fue inapropiada, ya que la citación no se envió siete días antes de la fecha de la audiencia, como se estipula en los estatutos de la Asociación.
Este argumento es correcto, pero no invalida la discusión.
Los solicitantes solicitaron un aplazamiento de la primera reunión y su solicitud fue denegada.
A excepción del solicitante 4, ninguno de los solicitantes se presentó a la audiencia y el Tribunal tenía derecho a celebrar la audiencia en ausencia de los solicitantes que estaban ausentes.
Consulte la Sección 5.5.4.5 del Reglamento.
Se determinó la fecha de una semana entre la entrega de la citación y la fecha de la audiencia, a fin de permitir que el acusado se preparara para la audiencia.
En el presente caso, no estoy convencido de que los derechos de los demandantes hayan sido violados por el hecho de que hayan transcurrido seis días desde la fecha de envío de la citación a juicio hasta la fecha de la vista, por lo que este argumento no justifica la anulación de la sentencia.
El hecho de no enviar la citación a la audiencia a tiempo no va a la raíz del procedimiento y no lo perjudica de una manera que justifique la intervención del tribunal y la descalificación del procedimiento.
- Los abogados de las partes elaboraron en sus resúmenes la cuestión de cuál era la regulación legal vigente en las fechas en que se distribuyeron las publicaciones atribuidas a los solicitantes.
Esta controversia surgió porque en cierto momento, la Ley de Asociaciones estipulaba que era posible modificar los estatutos de una asociación solo enviando una notificación apropiada al Registro de Asociaciones.