Casos legales

Estímulo de apertura (Beer Sheva) 2079/02 Naor Gil y otros contra la Unión de Estudiantes de la Universidad Ben-Gurion del Negev y otros. - parte 9

February 25, 2003
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Además, estas publicaciones y su distribución al público constituyen una falta de mantenimiento de la confidencialidad de la información recibida por los Demandantes, que también son miembros del Consejo de la Demandada, en virtud de su cargo, en contravención de las disposiciones de la Sección 5.1.10 del Reglamento.

  1. Los demandantes afirmaron en sus resúmenes que no se había demostrado en el tribunal del demandado que firmaran o distribuyeran dichos folletos.

Como se indicó anteriormente, este tribunal no se sienta como tribunal de apelación contra la decisión del tribunal de la Sociedad, y este argumento es un argumento que debe ser escuchado ante el tribunal de apelaciones.  Sin embargo, más de lo necesario, señalaré que en el manifiesto más duro, que atribuye delitos penales a Sagiv Asulin y Gila Gamliel (prueba N/6), está escrito al final:

"Los firmantes son Shelly Sharon, Gil Naor, Gil Galanos, Tomer Artzi y Danny Kribosha".

       El abogado de los demandantes admitió en los párrafos 277 a 279 de sus resúmenes que los demandantes firmaron el manifiesto marcado como I/3 como apéndice de la declaración jurada de Sagiv Asulin, el manifiesto en el que se alegaba que había una sospecha de irregularidades en el demandado.

El abogado de los demandantes admitió además en sus resúmenes que los demandantes 1, 2, 3 y 4 firmaron el manifiesto marcado como T/2 en la declaración jurada de Sagiv Asulin, y también admitió que el demandante 4 distribuyó dos folletos adicionales, que se adjuntaron a la declaración jurada de Itay Menashe.

En estas circunstancias, y a la luz del hecho de que el logotipo que aparece en todos estos folletos es idéntico, el tribunal interno de la Asociación estaba facultado para llegar a la conclusión de que todos los solicitantes son responsables de la distribución de todos los folletos.

Las normas de prueba vigentes en los tribunales no son vinculantes para los tribunales internos de las asociaciones y, en cualquier caso, como se ha indicado anteriormente, este tribunal no actúa como tribunal de apelación contra un tribunal interno.

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