Por lo tanto, los demandados no presentaron una base probatoria para la afirmación de que el demandante incumplió sus obligaciones en virtud del acuerdo. Como se señaló, este argumento se mencionó en los resúmenes en una sola oración sin detalles, casi como un argumento que se abandonó. En estas circunstancias, no estoy obligado a discutir el informe de Excel que el demandante adjuntó a su declaración jurada, que afirma que indica que el demandante ha cumplido con las metas establecidas para él.
- Otro argumento planteado por los demandados fue que el demandante no tenía derecho a las acciones porque "no se veía a sí mismo como accionista de la empresa". Esto se debe a que se abstiene de firmar garantías personales y documentos estándar. Se argumentó que el demandante no soportaba las deudas contraídas por los demandados 2-4, quienes firmaron garantías para las obligaciones de la empresa y también inyectaron fondos para sus actividades. Sin embargo, los demandados no presentaron una base probatoria para el hecho de que la provisión de garantías o el flujo de fondos fuera una condición para la asignación de las acciones al demandante, y esto no se desprende del lenguaje del acuerdo. Además, los demandados no presentaron pruebas de que en algún momento el demandante estuviera obligado a proporcionar tales garantías. En estas circunstancias, no estoy obligado a discutir el alcance de las inversiones de los demandados y la cuestión de la discrepancia entre lo que afirmaron y lo que se desprende del estado financiero. Sin embargo, más de lo necesario, señalaré que en su testimonio Raz tuvo dificultades para conciliar su afirmación en la declaración jurada sobre las inversiones realizadas por los hermanos Avidan en el ámbito de Cientos de miles NIS y el estado financiero de la empresa para 2021 que se adjuntó a su declaración jurada (párrafo 17 de la declaración jurada de Raz, Apéndice E de su declaración jurada y página 46, s. 16 a p. 49, s. 30, p. 62, s. 24-29).
Tampoco encontré ninguna base para la afirmación de los demandados de que es posible conocer la falta de responsabilidad del demandante al no probar que manejó a los trabajadores extranjeros. Los demandados no indicaron una razón por la cual estas palabras podrían cambiar el derecho del demandante a sus acciones en virtud de las disposiciones del acuerdo de asignación de acciones.
- La conclusión que surge del lenguaje del acuerdo de asignación de acciones y la conducta de las partes durante el período de compromiso es que el demandante tenía derecho al 9,99% de las acciones de la empresa en virtud del acuerdo de asignación.
Al mismo tiempo, el demandante no fundamentó su pretensión de que ejerció la opción que se le otorgó en el acuerdo, por lo que el alcance de su participación en las acciones aumentó al 15%. El demandante alegó que el derecho al 5% adicional estaba "incorporado", pero un examen de las disposiciones del acuerdo muestra que su realización estaba condicionada a una notificación por escrito (cláusula 6.1 (b) del acuerdo de asignación). El demandante no presentó un aviso por escrito y afirmó que "hubo exactamente una distribución de dividendos que recibí de acuerdo con el 15%" (página 36 de la transcripción S. 4). Opino que, a la vista de las disposiciones explícitas del acuerdo, no puede decirse que el demandante tenga derecho a aumentar sus participaciones de conformidad con el acuerdo de asignación de acciones y, por lo tanto, sólo se ha demostrado su derecho al 9,99 % de las acciones de la empresa.