Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 59453-07-19 Estado de Israel contra Avi Motula - parte 34

July 22, 2020
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"En mi opinión, la tarea de diseñar los mecanismos de castigo apropiados para las corporaciones en el marco del derecho penal debe dejarse a la legislatura, ya que se trata de decisiones morales sobre el enfoque adecuado para castigar a las corporaciones, y esto involucra importantes aspectos operativos y presupuestarios.  Estas decisiones requieren un proceso ordenado de formulación de políticas, en el que se tomarán en cuenta todas las consideraciones y necesidades, incluida la cuestión de los recursos necesarios para diversificar las alternativas al castigo en relación con las empresas.  La 'legislación judicial' no es el camino adecuado en este caso".

El Honorable Presidente Grunis señaló además que, como parte del procedimiento, se informó al tribunal (en 2015) que "según el estado, actualmente se encuentra un comité en el banquillo para examinar el tema de castigar a las corporaciones" (ibíd.).  En una opinión minoritaria (el Honorable Juez Elyakim Rubinstein y el Honorable Juez Yoram Danziger) se dictaminó que no hay impedimento para imponer a dicha corporación una orden de libertad condicional o una orden de servicio en beneficio del público a modo de interpretación.

Por lo tanto, hoy en día, el único castigo que se puede imponer a una corporación es una multa.  Sin embargo, desde el punto de vista de la política punitiva, la propia condena penal y la condena social que se deriva de ella también son importantes en el caso de una empresa (sin embargo, véase la Directiva 1.14 del Fiscal del Estado sobre el castigo de las empresas)

Kremnitzer y Ghanaim, responsabilidad de la corporación, insisten en la condena de la condena (en la pág. 78):

"... El derecho penal se ocupa de graves fenómenos antisociales.  Una parte importante de la sanción punitiva es la condena de la condena misma.  La condena es un componente importante de la disuasión.  Condenar a una empresa por un acto de transgresiones, especialmente las graves, significa imponerle un estigma antisocial, denunciarla y dañar su dignidad social y su reputación.  Estos constituyen daños significativos, y a veces graves, para la corporación, su capacidad para operar y sus ingresos.  La amenaza de imponer responsabilidad penal a una corporación es una amenaza de importancia existencial.

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