A continuación discutiré las circunstancias relevantes en el caso de los acusados. El artículo 40K(4) establece que, a este respecto, es posible tener en cuenta, entre otras cosas, "la asunción por el acusado de la responsabilidad de sus actos, y su regreso a la justicia o sus esfuerzos por recuperarse".
6.1. Reconocimiento y asunción de responsabilidad
El abogado del acusador insistió en la importancia de la confesión, principalmente porque constituye una asunción de responsabilidad por las acciones de los acusados, especialmente cuando los oficiales, los principales órganos cuyas acciones se atribuyen a los acusados, han negado lo que se les atribuye y su juicio aún está en curso. La jurisprudencia reconoció el elemento de "asumir la responsabilidad" como un elemento que justifica proporcionar una mitigación significativa en la etapa de la pena. El peso principal de la confesión radica en la expresión del remordimiento que encarna, en la internalización de la ilicitud en los actos y en inclinar la cabeza (véase, al respecto, Itay Lifshitz y Rinat Kitay Sanjaro, "The Proper Place of Remorse in Criminal Punishment", Mishpat Studies 69, 89-90 (2012). Esto fue discutido por la Corte Suprema en el caso Metzger, donde el Honorable Juez A. Vogelman dictaminó (en el párrafo 23 de su sentencia):
"La asunción de responsabilidad por las acciones de un acusado y la expresión de remordimiento han sido reconocidas a lo largo de los años en nuestra jurisprudencia como una consideración al sentenciarlo... Lo mismo es cierto en el primer caso de una determinada persona, donde se determinó expresamente que antes de decidir si aceptar o rechazar un acuerdo de culpabilidad, debe tener en cuenta "el interés público en obtener la confesión del acusado y aceptar la responsabilidad de sus acciones" (ibíd., en p. 609), e incluir esta consideración en la enumeración de sus consideraciones en el marco de la prueba de ponderación".
Kenneth Mann, en su artículo: "Procedimiento Penal Administrativo: Acuerdos de Culpabilidad, Falsas Condenas de Acusados, y Supervisión Judicial" en: En: ¿Juicio de Justicia? Procedimiento penal en Israel - Fracasos e impugnaciones, 217 (en adelante: Mann, Procedimiento Penal-Administrativo), trata extensamente la cuestión de la confesión como toma de responsabilidad y como una circunstancia que debe tenerse en cuenta a favor del acusado al sentenciarlo. En la página 243, el autor señala que el enfoque del tribunal (que subyace al enfoque relativo a los acuerdos de culpabilidad (que se examina más adelante en el capítulo 8) es que: "La admisión de culpabilidad contribuye o refleja la rehabilitación parcial o total del acusado, reduce el riesgo de que el acusado cometa un delito en el futuro y fortalece la solidaridad social (véase también la página 260 de su artículo y las referencias en la nota 90).