¿La demanda se presentó de mala fe?
- Soy de la opinión de que los demandantes presentaron su reclamo de completa y absoluta buena fe y que Deben desestimarse las pretensiones de los demandados, Con respecto a la ausencia de La elegibilidad de los demandantes para recibir honorarios Corretaje. En la sentencia del Moskowitz, La Corte Suprema está obligada a actuar de buena fe y equidad en una transacción de corretaje de bienes raíces, y las consecuencias de una conducta inapropiada destinada a prevenir las tarifas de corretaje.
- Soy de la opinión de que los demandados tienen la obligación legal de pagar a los demandantes los honorarios de corretaje por la venta de la propiedad. cuál Los acusados querían Ser liberado del trabajo del demandante 1 Como mediador, tenían que Tomar medidas para cancelar el acuerdo de servicios de corretaje De forma positiva, o al menos para expresar su descontento con el comportamiento, ¡pero al contrario! Los demandados expresaron su voluntad de que el demandante 1 Sigue trabajando en la comercialización del inmueble incluso después del final del período de exclusividad, Se lo pasaron a ella Claves de propiedad, le permitieron mostrar el Propiedad a compradores potenciales e incluso la elogió acerca de Trabajo.
Resumen
- Acepto la demanda en su mayor parte y obligo a los demandados, conjunta y solidariamente, a pagar a los demandantes, a través del demandante 2, los honorarios de corretaje por un monto de 43.290 ILS. IVA incluido, más intereses en shekel desde el 16 de julio de 2019 hasta el 16 de julio de 2023. El demandante No. 2 proporcionará a los demandados una factura de impuestos legalmente después de recibir el pago. He decidido acortar el período de cobro de intereses ILS sobre la cantidad otorgada en vista del hecho de que la demora en dictar la sentencia se debió no solo a la conducta de las partes, sino también a razones de salud del panel, que no deben transmitirse a los demandados.
- Y aquí se me pide que me pronuncie sobre las costas del procedimiento: ambas partes actuaron de una manera que complicó los procedimientos y los prolongó. Los demandados, por su parte, no presentaron una declaración de defensa a tiempo y causaron que los demandantes presentaran dos mociones de sentencia en ausencia de una defensa en su contra, y posteriormente respuestas a las mociones para cancelarlas. Los demandantes, por su parte, presentaron una moción para adjuntar el acuerdo de transferencia de derechos a la demanda, el 7 de noviembre de 2021, cuando podrían haberlo hecho en el momento en que se presentó el reclamo, ya el 16 de julio de 2019. El 13 de diciembre de 2021, a solicitud del tribunal, los demandantes también presentaron al expediente una copia de los contratos de corretaje legibles, ya que los contratos adjuntos a la acción estaban tachados. Teniendo en cuenta lo anterior, considero que los demandados, conjunta y solidariamente, deberían estar obligados a soportar los honorarios de los abogados de los demandantes por un importe de 8.500 ILS, IVA incluido. En las circunstancias del caso, y con el fin de minimizar los gastos, la secretaría reembolsará a los demandantes la totalidad de los honorarios que pagaron en el marco del procedimiento, transfiriéndolos al fiscal general.
La secretaría se comunicará con las partes como es habitual.