Casos legales

Apelacion Civil (Tel Aviv) 15790-02-23 Yaakov Kotzer contra MedLife Ltd. - parte 6

September 15, 2025
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El marco normativo necesario para la adopción de decisiones

Se supone que cada empresa, como parte de sus documentos de constitución, tiene estatutos que regulan sus relaciones internas, y constituye un contrato a todos los efectos entre la empresa y sus accioILStas y entre ellos (véanse los artículos 15-17 de la Ley de Sociedades, 5759-1999 (en adelante: la "Ley de Sociedades"); CA 3051/98 Nadrin v.  Discount Investment Company Ltd., IsrSC 59(1) 673, 696 (2004); Zohar Goshen y Assaf Eckstein Corporate Law 68 (2023) (en adelante: "Goshen & Eckstein")).  La singularidad de los Estatutos como contrato requiere que se le apliquen los principios generales del derecho contractual, de modo que, por ejemplo, su interpretación se haga de acuerdo con las intenciones de las partes (artículo 25 de la Ley de Contratos (Parte General), 5733 – 1973).  Entre estos principios, se aclaró que no debe insertarse lo que no está escrito en los estatutos, véase CA 54/96 Hollander v.  Hamidad HaDish Software Ltd., IsrSC 52(5) 689, 673 (1998): "En vista de la protección del interés de confianza de los inversores, el tribunal debe adherirse a la versión escrita de las regulaciones y no tratar de rastrear alguna intención oculta de la vista".

Además de los estatutos, y muchas veces, los accioILStas optan por redactar un acuerdo de fundadores o un acuerdo de accioILStas, cuyo propósito es, entre otras cosas, anclar los acuerdos contractuales, los principios de gestión, las obligaciones mutuas entre ellos, etc.  Aunque estos acuerdos no forman parte de los documentos constitutivos de la sociedad, cuando se redactan legalmente, tienen validez contractual vinculante a todos los efectos y se les aplican los principios del derecho contractual general, siempre que no contradigan disposiciones legales convincentes ni perjudiquen el interés público (en relación con la relación entre los estatutos de la sociedad y el pacto de accioILStas, véase en detalle Crim.  Cr.  (Económico) 42521-11-14 Raphael v.  Ben-David, págs.  6-7 (Nevo, 25 de julio de 2016)).

  1. Los demandados alegan que el acuerdo también se aplica al DHS, de modo que "estaba claro para todos que toda la actividad derivada de la asociación entre las partes estaba cubierta por el acuerdo de asociación firmado entre ellas, con todas sus cláusulas, y en virtud de ese acuerdo y en virtud de esos entendimientos, operan a partir de ese momento" (véanse los resúmenes de los demandados en el párrafo 108) y que: "La intención y la expectativa legítima de las partes era que el mecaILSmo de separación que establecieron en el acuerdo de asociación también se aplicaría a las partes en relación con el DHS, con todo lo que ello implica, y Kotzer no argumentó lo contrario en tiempo real" (véanse los resúmenes de los demandados en el apartado 109). ¿Existe realmente un lugar para aplicar el acuerdo al DHS o al menos para aplicar la cláusula de separación al DHS? Como ya he mencionado anteriormente, la respuesta a esto es no, y lo explicaré.

Aplicación de la regla a los hechos del caso

  1. En el caso que nos ocupa, el acuerdo se firmó el 11 de enero de 2012 y los estatutos del DHS se firmaron el 25 de agosto de 2019, es decir, unos 7 años después. Además, no hay duda de que no se adjuntó ningún documento adicional a los estatutos del DHS .  Tampoco hay duda de que el desarrollo del "Huber" fue realizado por MedLife y transferido al DHS "con el fin de exportar la actividad de software a Europa en 2020" (véase la decisión de la Autoridad Tributaria, Apéndice 5 de la Reclamación de Ejecución, pp.  29-30, párrafo 111 de los resúmenes de los demandados), además, no hay duda de que el desarrollo del "Huber" se transfirió al DHS sin contraprestación y, como resultado, se realizó una "reestructuración" de MedLife.
  2. A partir de una revisión de la evidencia, he llegado a la conclusión de que el DHS y MedLife son empresas que se ocupan de campos tangenciales pero no superpuestos, véase la investigación de Kotzer, en la p. 53, líneas 6-7: "Transferimos esto al DHS que establecimos, con el propósito de la actividad de software en el extranjero" y más adelante, en las líneas 17-24: "Vimos al DHS como una empresa de software que tiene varias relaciones recíprocas, tiene un acuerdo con Zero R, Si la empresa en sí se vende...  Lo vi como una inversión que quiero realizar en el futuro, con ganancias".  La investigación sobre el oro tampoco socava este hallazgo, ver p.  77, líneas 22-23: "El DHS fue únicamente por el deseo de vender en el extranjero, con el fin de recibir algún tipo de beneficio fiscal si vendía en el extranjero, esa es la idea" y más adelante, en la p.  78, líneas 3-8: "  Ahora, corrígeme si no entiendo correctamente, pero es una especie de spin-off, ¿verdad? Cuando dices que querías establecer un nuevo negocio en el campo del software en Europa y, por lo tanto, creaste una separación, dices consideraciones fiscales entre MedLife y DHS.  Quiero decir, has creado una nueva entidad para el caso, ¿verdad? Así es como lo entiendo.  R.  Sí".
  3. Aclararé que el hecho de que las empresas sean empresas separadas no niega el hecho de que puede haber una red de acuerdos entre las empresas, como el pago que MedLife recibe del DHS por sus servicios, o el hecho (que fue reclamado por los demandados) de que el DHS no empleaba empleados en el día a día y que los gastos generales de su admiILStración se colocaron en la puerta de MedLife. Incluso si los hechos no son ciertos, esto no prueba que el DHS sea una "parte inherente de Madlife" (Resúmenes de los Demandados, párrafo 111).
  4. Lo mismo ocurre con la afirmación de los demandados de que el establecimiento de DHS se hizo en virtud de las disposiciones de las cláusulas 12.6-12.7 del acuerdo, que establecen que: "Las partes acuerdan y aclaran que sobre los asuntos que se detallan a continuación, no se tomará ninguna decisión en el marco de ningún órgano de la empresa, excepto con el consentimiento unánime de todos los accioILStas de la empresa... Cambiando las áreas de actividad de la empresa...  Venta y/o concesión y/o gravamen de los activos de la Compañía".  Soy de la opinión de que estas cláusulas se refieren a decisiones que se supone que se toman en los asuntos de la propia empresa, es decir, la posibilidad de cambiar las áreas de las actividades de Medlife o vender sus activos "hacia el exterior", pero la disposición de la prerrogativa de vender "fuera" (e incluso de forma gratuita) los activos de MedLife (como el "Huber") no indica que sea la misma empresa o que las empresas estén relacionadas entre sí, o al menos que las partes hayan acordado que DHS, propietaria de "Hobar", se aplicarán las disposiciones del acuerdo.
  5. Como se ha dicho, se trata de empresas diferentes, y con el establecimiento del DHS, las partes optaron conscientemente por crear una nueva estructura legal: una empresa separada, con la intención puramente comercial de crear una barrera entre la actividad de marketing de la "Huber" en el extranjero y la actividad de "Medlife" en Israel, una barrera que parece no tener nada de malo, y como prueba de ello, incluso recibió la aprobación de la Autoridad Fiscal, y vea lo que se indica en la página 3 del Apéndice 5 de la reclamación de ejecución en la sección 1.18 bajo el título principal: "Los hechos tal como se nos han comunicado" se establecen de la siguiente manera: "La reestructuración está destinada a un propósito comercial y económico y no está destinada a la evasión fiscal o la reducción indebida de impuestos... Las actividades no están relacionadas entre sí y se espera que cada una de ellas continúe desarrollándose en canales comerciales separados...  La división es necesaria con el fin de recaudar capital y/o crear colaboraciones estratégicas y/o de otro tipo con inversores locales e internacionales y/o socios estratégicos...  La compañía opera en el campo clínico-médico, que es un campo lleno de inversiones y riesgos, y su escisión permitirá la transferencia de operaciones a una entidad separada y la cobertura de los riesgos comerciales involucrados en la actividad en este campo.  Recibir crédito y proporcionar garantías para cada una de las actividades por separado sin compromiso mutuo entre las empresas".
  6. Además, a la luz de lo expuesto en la posición de la Autoridad Tributaria, no puedo aceptar el argumento de los demandados de que se trató de una transferencia "puramente técnica" "con fines de reorganización" de los negocios, que se realizó sobre la base de la suposición de que los derechos de las partes determinados en el acuerdo se preservarían para ellos. Esta es una transferencia que se deriva de consideraciones puramente comerciales, con beneficios adicionales.

Hasta ahora, he detallado mi conclusión de que MedLife y DHS no son "la misma entidad" de una manera que requiera que el acuerdo se aplique al DHS.  También parece que no hay identificación entre el acuerdo y los estatutos del DHS (consulte el Apéndice 4 del reclamo de cumplimiento).  Si bien el acuerdo es detallado y con visión de futuro, los estatutos del DHS son breves y lacones.  Soy de la opinión, como se detallará a continuación, de que el hecho de que las partes redactaran un acuerdo detallado y específico con respecto a Medlife, y optaran por no hacerlo con respecto al DHS, indica un "acuerdo negativo" y, en cualquier caso, incluso si esto se hizo inadvertidamente, no es el papel del tribunal dar forma a la relación contractual entre las partes, cuando podrían (como lo hicieron en Medlife) aclarar esto en los documentos básicos del DHS (y comparar, Con los cambios necesarios, a este respecto, CA 8836/07 Lermoral Investments Ltd.  v.  Cohen, PD 66 (3) 577, párrafo 25 de la sentencia del juez Danzinger: "Soy de la opinión de que el tribunal no debe agregar a los términos del contrato que las partes no acordaron en el momento de su comunicación y no consideraron oportuno incluirlos en el contrato.

  1. Mencionaré que las afirmaciones de los demandados con respecto al deseo común de aplicar el acuerdo al DHS son argumentos orales contra las disposiciones de los estatutos, que es un documento escrito. Para probar esta afirmación, se trajo a declarar el testimonio de un solo litigante, Zahav, quien confirmó en su interrogatorio que no había ningún documento del que fuera posible conocer el acuerdo de las partes como se mencionó anteriormente, y no se presentó ante mí ninguna evidencia de la existencia de ninguna reunión en la que se acordó lo anterior.
  2. Véase la investigación de Zahav en la p. 83, líneas 1-13: "S.  Sí, obtendremos los documentos en breve, no se preocupe.  Pero esta es quizás la reunión más importante en la vida de la empresa, haces una especie de giro, transfieres la parte principal de la actividad a otra empresa, un acuerdo sobre el 30% que conocimos en retrospectiva, también el acuerdo de los fundadores, entiendo que hubo un acuerdo para importarlo a la nueva empresa.  No hay hombre, ni tzala, nada, WhatsApp, nada, ¿cómo se explica eso? R.  Recuerdo que envié correos electrónicos, pero fue como si hubiéramos cerrado en su mayoría, al menos un correo electrónico, pero sobre todo hubo una reunión sobre esto de manera brusca y sin problemas.  P: No hay problema, ¿sabe qué? Estoy contigo.  Hubo una reunión.  No sabemos cuándo, no sabemos nada, todo está bien.  ¿Por qué no hay un acuerdo después de la reunión? No hay ante mí, lo entiendo, una sesión de café, no hay problema.  Después de la reunión, enviará un correo electrónico ordenado.    Olvidado".
  3. También debe tenerse en cuenta que los demandados ni siquiera trajeron a Sharoni o a los redactores de los estatutos y a los remitentes de los documentos del DHS para que testificaran para la aprobación del Registrador de Empresas, el abogado Avi Hai o el abogado Shai Cohen, a fin de testificar sobre las circunstancias de la redacción de los estatutos y el supuesto acuerdo de las partes de aplicar las disposiciones del acuerdo al DHS. Agregaré que la respuesta de Zahav a este asunto en su interrogatorio (en la página 81, líneas 3-19) no fue convincente: "P.  ¿Le dijo usted o alguien más le dijo al abogado Avi Hai, escuche, estamos estableciendo el DHS, usted sabe cómo decirnos hoy que todo es impuestos, A.  ¿Allí? P.  Nos está diciendo hoy que todo es por razones fiscales.    Sí.  P.  ¿Sabe que el acuerdo de asociación con MedLife es nuestro acuerdo, también es nuestro acuerdo con el DHS, le dijo esa frase? R.  Incluso si lo dije, ¿crees que lo recuerdo? No estoy seguro de haberlo dicho y no estoy seguro de recordarlo.  P: No, pero nos explica, lo escribe en una declaración jurada, les parece claro a todos y dice que es un paso bastante significativo.  Estoy tratando de entender, entiendo que no hay acuerdo.  Pero al menos reflejaste su deseo, dices el deseo de todos ustedes, ¿le reflejaste ese deseo a él? R.  Entonces, en ese momento, dijimos que abriríamos una empresa en la que los tres éramos socios, y eso es todo.  De MedLife y eso es todo.  Este testimonio no es suficiente para llegar a la conclusión de que la intención común de las partes era aplicar el acuerdo también al DHS.
  4. A esto, agregaría que la adopción del mecaILSmo de compra forzosa que se estipuló en el acuerdo, incluso para derechos más cortos en DHS, puede dañar sus derechos de propiedad en DHS, determinar el destino de sus acciones en DHS, incluido su derecho a maximizar las ganancias que un acortador puede obtener de la venta de sus derechos en DHS o dañar su capacidad para recibir dividendos de DHS en el futuro, etc. (para las desventajas de la compra forzosa, ver Goshen y Eckstein, en la pág.  410).
  5. A la luz de todo lo anterior, determino que el mecaILSmo de separación establecido en el acuerdo (compra forzosa) tampoco debe aplicarse al DHS. Al mismo tiempo, opino que las partes harían bien en considerar las dos alternativas propuestas por cada una de las partes.  Por lo tanto, Kotzer debe recordar que en el caso en cuestión, los demandados expresaron su voluntad de comprar sus acciones a un valor fijado por un tasador en nombre del tribunal (que añadió 1 millón de ILS a la estimación de los demandados) y, por lo tanto, su preocupación de que se trataba de un precio injusto debe disiparse.  También debe recordarse que el hecho de que el DHS no tenga un mecaILSmo de compra forzosa puede dejarlo sin reclamar por sus acciones.  Por otro lado, y en la medida en que Kotzer quiera seguir siendo accioILSta del DHS por motivos puros y no extorsivos, los demandados deben considerar positivamente su oferta de depositar sus acciones en el fideicomiso, de modo que se pueda garantizar el funcionamiento regular del DHS sin interferencias en la admiILStración.
  6. Por estas razones, y en vista del hecho de que los demandados solicitaron una reparación para comprar acciones de Kotzer en DHS al precio fijado por un experto en el tribunal; ya que, por otro lado, Kotzer ofreció depositar sus acciones en fideicomiso, determino que ninguna de las partes puede retirarse de esta oferta dentro de los 30 días a partir de la fecha de recepción de la sentencia. Si los acuerdos se formulan sobre la base de una de las propuestas, las partes pueden notificarlo al tribunal y solicitar que se dé efecto a una sentencia sobre el acuerdo adicional.  Si no se llega a un acuerdo, ninguna de las partes está obligada por su oferta al vencimiento del período de 30 días y Kotz seguirá siendo accioILSta de DHS, todo como se detalla en los documentos de esta compañía.

Conclusión

  1. Los demandados comprarán acciones de Kotzer en MedLife de acuerdo con la evaluación experta del tribunal; Kotzer sigue siendo accioILSta del DHS, a menos que las partes elijan actuar de acuerdo con una de las alternativas mencionadas en la Sección 96, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la sentencia.
  2. Con respecto a los gastos legales, no tengo más remedio que referirme a lo que se afirma en el párrafo 56 anterior, así como al testimonio de Kotzer, que describe mejor lo sucedido, a sus sentimientos (p. 37 de la transcripción, preguntas 1-15): "Lo que ha sucedido desde entonces, el día después de que terminé y escribí mi carta de partida antes de irme, me fui el 30 de septiembre y el domingo recibí una carta después de haber completado todas mis tareas, les escribí un resumen de todas mis tareas.  El domingo recibo una carta, de repente descubro que mis correos electrónicos fueron brutalmente hackeados, Mishael Zahav, como hizo con otras personas en el pasado, hackeó mis correos electrónicos, comenzó a calumniarme, era la carta, robaste computadoras portátiles, las robaste, cosas que no existían y no fueron creadas, comenzó a acusarme y vi que hay algo aquí que no terminas de trabajar así después de 11 años y otros 13 años que sabes.  Me di cuenta de que algo estaba pasando.  Y luego, una semana después, de repente lo entiendo, de repente Mishael Zahav aprendió que, como CEO, tienes que convocar una reunión de la junta.  Y luego me envía un taxi a casa a una reunión de la junta, ¿qué pasa? Duplicar nuestros salarios.  Me di cuenta de que había algo aquí que no podía controlar.  Y esa es la esencia de todo esto".
  3. Por otro lado, los demandados se encontraron con una negativa en nombre de Kotzer a operar el mecaILSmo acordado; se encontraron con una negativa a ponerse en contacto con el Instituto de Contadores Públicos Certificados; descubrieron el asunto de usar el título de ingeniero. En este contexto, cada bando se acercó a las barricadas, con todos los medios válidos, incluida una denuncia a la policía, procedimientos judiciales laborales y la denegación del mecaILSmo de separación.  Soy de la opinión de que cada parte contribuyó por igual al caos que se creó, e incluso en el procedimiento en sí, cada parte tiene sus propios logros y fracasos, por lo tanto, Kotzer se vio obligado a vender sus acciones a un precio fijado por el experto del tribunal, una propuesta que los demandados hicieron incluso antes del procedimiento probatorio; Por otro lado, he determinado que el mecaILSmo de compra forzosa no se aplica al DHS.

Por las razones enumeradas anteriormente, determino que cada parte asumirá sus propios gastos.

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