Dado todo lo anterior, solo puedo determinar que la demandada 1 en su conducta y conducta creó una rivalidad contractual con los demandantes. Su firma aparece en algunos de los acuerdos e hizo representaciones a los demandantes y a los inversores, al ser una empresa pública, de que es parte en esta transacción.
Por lo tanto, se rechaza la pretensión del demandado 1 de desestimar la demanda en su contra por falta de rivalidad.
La contrademanda
- Dado que he determinado que fueron los demandados quienes incumplieron el acuerdo entre las partes, y dado que rechacé los argumentos de los demandados planteados por la otra parte , la reconvención debe ser desestimada.
Además, cabe señalar que en el marco de la reconvención, el demandado 2, Net Industries, incluyó una demanda por difamación contra los demandantes a la luz de una publicación fechada el 26 de enero de 2020 en el diario "Calcalist", que afirmaron fue iniciada por los demandantes. Esta afirmación se hizo en vano sin ningún detalle requerido para su decisión y sin ser aclarada durante la audiencia de las pruebas, por lo que se desestima de plano.
Los recursos a los que tienen derecho los demandantes
Restitución
- Una vez que se determina que los demandados incumplieron el acuerdo y que los demandantes cancelaron legalmente el acuerdo, los demandantes tienen derecho a un reembolso de los montos que pagaron a los demandados, de la siguiente manera:
- una suma de 3.800.000 NSI pagada como primer pago por el sistema móvil de acuerdo con el acuerdo;
Esta cantidad debe ir acompañada de diferenciales de vinculación e intereses desde el 26 de febrero de 2017 hasta la fecha real de pago.
- La suma de 1.266.000 ILS pagada por el demandante 2 por 4 pagos mensuales del sistema móvil según el acuerdo entre las partes.
Esta cantidad debe ir acompañada de diferenciales de vinculación e intereses desde el 1 de julio de 2017 hasta la fecha de pago real.
- La suma de 275.000 euros pagada por el demandante Nº 2 equivalía a 1.036.200 ILS por el sistema estacionario. Este monto debe ir acompañado de diferencias de vinculación e intereses desde el 24 de mayo de 2017 hasta la fecha real de pago.
Compensación
- Los demandantes afirmaron que, además de la restitución, tienen derecho a una indemnización de la siguiente manera:
- por daños y perjuicios por subsistencia y daño a la reputación a la luz de la conducta de los demandados y el incumplimiento del acuerdo por su parte, y su demanda se fijó en 10 millones de ILS.
- para obtener una indemnización por los daños directos que se les hayan causado con respecto a los gastos e inversiones relacionados con el acuerdo entre las partes, que colocaron en los resúmenes de sus reclamaciones en los resúmenes de 2.690.453 NIS. (En el escrito de demanda, reclamaron una suma de 4.484.395 ILS.
- Señalaré en este punto que los demandantes tienen derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios que se les hayan causado como consecuencia del incumplimiento del acuerdo, junto con su derecho a devolver el dinero que pagaron en virtud del acuerdo, después de que se reconociera su derecho a cancelar el acuerdo.
El artículo 10 de la Ley de Contratos (Recursos por Incumplimiento de Contrato), 5731-1970 establece que "la parte perjudicada tiene derecho a una indemnización por los daños que se le hayan causado como consecuencia del incumplimiento y sus consecuencias, y que el infractor lo haya visto o debería haberlo visto de antemano, en el momento de la celebración del contrato, como resultado probable del incumplimiento".