Casos legales

Estímulo de apertura (Beer Sheva) 4063/04 Universidad Ben-Gurion, Beer-Sheva - parte 8

March 16, 2005
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El juez Landau también enfatizó la diferencia entre jurisdicción penal y jurisdicción disciplinaria, aunque, en su opinión, esta diferencia no requiere la conclusión de que la jurisdicción disciplinaria es, por su esencia, una jurisdicción civil.  Y esto es lo que dijo el juez Landau allí, en la página 867:

"... La diferencia entre la audiencia penal y la audiencia disciplinaria aún no lleva a la conclusión de que la audiencia disciplinaria sea de naturaleza civil, en el sentido técnico de una audiencia civil.  La audiencia disciplinaria es única y su esencia no puede agotarse de acuerdo con los conceptos habituales de una audiencia penal o una audiencia civil".

Y estoy de acuerdo.  Sobre la cuestión de la especificidad de la jurisdicción disciplinaria en términos de su propósito, véase también: Crim. Crim. 4148/96  Estado de Israel v. Ganot, (IsrSC 50 (5) 367) en p. 390; CA 5282/98  Estado de Israel c. Kattab, (IsrSC 52 (5) 87).

En este contexto, es posible comprender la recomendación del Comité sobre el Tratamiento Sistémico de la Disciplina en la Administración Pública, dirigido por el Prof. Mordechai Kremnitzer, que presentó su informe en enero de 1998 (Informe del Comité sobre el Tratamiento Sistémico de la Disciplina en la Administración Pública (1998)).  El Comité dijo lo siguiente (en la página 45 de la Rendición de cuentas):

"… En todas estas consideraciones, y teniendo en cuenta las características y objetivos de las leyes disciplinarias y la distinción entre ley disciplinaria y ley penal, el equilibrio adecuado requiere evitar una identificación completa entre ley disciplinaria y ley penal.  En el contexto de la carga de la prueba, también, en nuestra opinión, es preferible el enfoque del tribunal en el caso Azot, según el cual el grado de prueba requerido puede variar según el grado de gravedad del asunto en cuestión, y una acusación de malversación de fondos no es lo mismo que una acusación de llegar tarde al trabajo.  Sin embargo, el comité enfatiza la obligación de adherirse a las reglas del debido proceso, es decir, una actualización completa del empleado con todo el material de investigación y las pruebas disponibles en su caso, como es habitual en los procedimientos penales durante un tiempo razonable antes de que se lleve a cabo cualquier procedimiento disciplinario".

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