El precedente citado anteriormente en la segunda sentencia rechaza el argumento del demandado, en la medida en que impidió el examen muy sustantivo por parte del tribunal, pero cuando el tribunal llega a la conclusión de que el procedimiento administrativo se ha preservado y que la discreción ejercida no está viciada por un defecto administrativo, el tribunal ya no tiene jurisdicción. ni siquiera las calificaciones profesionales, para colocar su juicio en lugar de la discreción otorgada a la institución académica.
Así como el tribunal no intervendrá en la calificación otorgada a un estudiante en una determinada materia, si el método de dar la calificación no es inválido, tampoco intervendrá en los requisitos académicos con el fin de obtener un título".
Esta distinción fue bien definida, con el debido respeto, por el Honorable Juez Y. Atdji en la sentencia en el asunto de S.B. v. Tel Aviv-Jaffa Academic College (Crim. Crim. 23174-11-13 Tribunal de Distrito de Tel Aviv, de fecha 31 de octubre de 2012, publicada en "Nevo"):
"La línea de distinción es, por tanto, entre la no intervención en el contenido determinado por la institución académica y la injerencia en la aplicación o no aplicación de ese contenido al individuo, cuando es posible decidir la disputa sobre la base de datos objetivos, técnicos y procedimentales, sin penetrar en la esencia y el contenido profesional de esa decisión".
Cuando se planteó un argumento preliminar, en este nivel, en el presente caso, en nombre del Demandado, decidí (el 10 de diciembre de 2013) que:
"La disputa en cuestión no se encuentra claramente en el campo de la evaluación y decisión académica, con respecto a la cual el artículo 33 y la jurisprudencia "excluyen" de inmediato apelar ante el tribunal. De acuerdo con los criterios adoptados..., el caso en discusión es a lo sumo "límite", y en una "línea de unión", cuando las consideraciones de la Demandada se examinan en el nivel administrativo de la implementación del acuerdo entre las partes, y no necesariamente en el nivel puramente académico-profesional. Incluso si el caso está en una línea de costura, no es apropiado desestimar el procedimiento de inmediato".