Casos legales

Moción de apertura (Haifa) 14527-04-13 Itay Madri c. la Universidad de Haifa - parte 13

June 30, 2013
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El demandado se negó a permitir una revisión de los formularios de solicitud de exención presentados por otros estudiantes, alegando que era material relacionado con su privacidad y tenía asuntos personales, y argumentó además que el solicitante tenía la carga de probar la discriminación y que no era el solicitante quien tenía que preparar su evidencia.

Sin embargo, el propio demandante se abstuvo de presentar testigos pertinentes, sabiendo que la afirmación del demandado de que no se ha concedido ninguna exención del inglés a nadie que haya comenzado sus estudios en los últimos dos años es un argumento de gran alcance que en uno o dos casos de concesión de una exención es suficiente para dañar su credibilidad.

Dado que este argumento no ha sido contradicho, ya no es relevante el requisito de revisar los formularios de solicitud de exención, ya que cualquier solicitud de un estudiante que comenzó a estudiar con el solicitante o después de él fue rechazada en cualquier caso según la versión del demandado que no fue contradicha, cualquier solicitud de un estudiante que comenzó a estudiar antes que el solicitante es irrelevante a la luz del cambio en la política de exención (que es completamente legítimo y no constituye discriminación, ya que es un cambio de política, es decir, se aplica a todos).

Más de lo necesario, me referiré a la afirmación de que los dos profesores que intentaron enseñar inglés al solicitante recomendaron que se le eximiera, uno un profesor de inglés, el otro un estudiante que trabajaba en la prestación de tutorías, se comprobó que estos dos testigos intentaron ayudar al solicitante y a su amigo (quien presentó una demanda similar al mismo tiempo), de su testimonio se desprende que escribieron la carta a solicitud del solicitante después de que él les suplicara, y uno de ellos incluso señaló que sus posibilidades de recibir una exención eran buenas,  La solicitud de recibir las cartas está cerca de la fecha de presentación de la demanda, los testigos no están autorizados a conceder exenciones, no están autorizados a discutir las solicitudes de exención, su opinión sobre esta cuestión no es escuchada por el demandado y uno de los testigos, la Sra. Bellali, admitió explícitamente que se excedió en su autoridad cuando entregó la carta, el otro, la Sra. Lubov, recordaba muy pocos detalles concretos.

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