Casos legales

Conflicto Laboral (Tel Aviv) 7217-04-21 Gama Business Travel Israel Ltd. – Dorit Zoaretz - parte 7

September 12, 2025
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Y para ser precisos.  El derecho a alegar no es una cuestión de lenguaje, no debe considerarse como un mero "ritual" que debe ser observado, por mandato de personas eruditas, para cumplir con la obligación de uno.  El derecho a alegar es uno de los derechos básicos de nuestro sistema legal y su propósito es lograr una decisión pertinente, informada y arbitraria, al tiempo que presta plena atención y el debido peso a las posiciones e intereses de la persona que puede verse perjudicada por la decisión.  Es el derecho primordial del empleado saber cuáles son los argumentos que se plantean en su contra o en su caso, y de acuerdo con su respuesta a ellos, presentar la otra parte desde su punto de vista y tratar de persuadir al titular de la autoridad para que cambie de opinión en la medida en que pueda infringir sus derechos (a este respecto, véase D.B.A. 48/3-148 Shekem Ltd. – Greenberg en la pág. 143). 

Hasta ahora, el derecho se deriva del deber impuesto al empleador: presentar al empleado las reclamaciones dirigidas contra él, las cuestiones que surgieron en su caso y que podrían influir en el tomador de decisiones.  Todo ello con apertura, equidad y buena fe sin privar de nada al empleado.  Las modalidades de la audiencia se han determinado desde hace mucho tiempo.  Se puede hacer en las Escrituras, y se puede cumplir frente a alguien que ha sido autorizado para hacerlo.  La esencia del asunto es que el empleador está obligado a considerar los argumentos del empleado y a escucharlos imparcialmente, con un corazón limpio y un alma dispuesta, antes de que se tome la decisión final, que puede, más de una vez, ser irrevocable y decisiva con respecto a él".

  1. En una sentencia dictada por el Tribunal Nacional en Apelación Civil (Nacional) 47271-06-18 Adaptación, Colocación e Información (1995) Ltd. – Sami Hapota (5 de julio de 2020) en el párrafo 55 y todas las referencias en el mismo), se dictaminó lo siguiente sobre el derecho del empleado a una audiencia:

"En resumen, en virtud de los principios básicos del sistema jurídico, las normas de la justicia natural y el derecho del empleado a la dignidad, se concede al empleado el derecho a alegar antes de que el empleador tome una decisión en su caso, ya sea una decisión de poner fin a la relación laboral u otra decisión relativa a su empleo.  El derecho principal del empleado es saber cuáles son las acusaciones que se formulan contra él o en su caso, y responder en consecuencia a ellas, presentar la otra parte desde su punto de vista y tratar de persuadir a la persona con autoridad para que cambie de opinión si viola sus derechos.  El propósito del derecho a alegar es lograr una decisión sustantiva, informada y arbitraria, al tiempo que se presta plena atención y el debido peso a las posiciones e intereses de la persona que probablemente se vea perjudicada por la decisión.  Este derecho limita en cierta medida la prerrogativa de gestión del empleador, pero como se ha dicho, los principios básicos del método y la obligación del empleador exigen que ejerza sus prerrogativas de gestión de buena fe y de manera justa, preservando al mismo tiempo la dignidad humana del empleado".

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