El segundo reclamo es un reclamo que atribuye al agente inmobiliario un error y engaño hacia los acusados. La reclamación debe ser rechazada. El argumento no se planteó en las dos declaraciones de defensa en nombre de los acusados y, como es bien sabido, los resúmenes escritos de los argumentos no son un lugar apropiado para plantear nuevos argumentos de defensa.
El tercer reclamo es que los demandantes actuaron de mala fe e impidieron que otros agentes inmobiliarios ingresaran a la propiedad y, al hacerlo, frustraron la venta de la propiedad en la transacción más eficiente. Esta alegación debe rechazarse a falta de pruebas. Acepto el testimonio coherente y confiable del agente inmobiliario (en la página 8 de la transcripción, línea 36 y en la página 9 de la transcripción, líneas 1-5), en ausencia de evidencia de lo contrario por parte de los demandados, de que el agente inmobiliario no impidió que otros agentes inmobiliarios ingresaran a la propiedad y que incluso durante el período de exclusividad, el agente inmobiliario trabajó en cooperación con otros agentes inmobiliarios.
¿Hay una falta de rivalidad entre los demandantes y los demandados?
- Creo que esta pregunta debe responderse negativamente. Considero que aceptar el acuerdo de cesión de derechos es una prueba de la veracidad del contenido, a pesar del retraso en su presentación. Soy de la opinión de que los acusados no sufrieron un error judicial por la presentación tardía del documento, Pero pasamos a la discusión probatoria. Cuando el tribunal llega a considerar si permite la presentación tardía de pruebas, debe examinar la naturaleza de las pruebas adicionales y su contribución al esclarecimiento de la verdad, la etapa alcanzada en el juicio y si la parte que solicita las pruebas adicionales sabía o debería haber sabido de la existencia de las pruebas en una etapa anterior. En nuestro caso, el acuerdo para la transferencia de derechos es una prueba material que conecta al demandante 2 con los demandados y con la reclamación. De hecho, la etapa de adjuntar las pruebas se realizó con gran retraso, dado que los demandantes deberían haber sabido de este acuerdo en una etapa anterior del procedimiento. Al mismo tiempo, hay espacio para permitir la aceptación del acuerdo de cesión de derechos como prueba de su contenido, dada su contribución probatoria. Es una regla bien conocida que una reclamación no se elimina de plano si se puede salvar mediante su corrección. Queda entendido que el defecto en la presentación tardía de las pruebas y la modificación de la reclamación mediante la adjuntación del acuerdo de cesión de derechos puede subsanarse mediante la concesión de costas. Sobre la cuestión del cargo por gastos en el ámbito del procedimiento, me referiré al final de la sentencia.
- A la luz de esto, soy de la opinión de que no hay base para el reclamo de falta de rivalidad planteado por los demandados contra los dos demandantes. Los acuerdos de corretaje fueron firmados por los demandados y el corredor (que son las partes de la transacción de corretaje) y se perfeccionaron en acuerdos vinculantes para todos los efectos. que incluso se llevaron a cabo en la práctica. He revertido y revertido las disposiciones de la ley, pero no he encontrado en ellas una disposición legal que obligue al concesionario a firmar los acuerdos de corretaje. Acepto el argumento del agente inmobiliario en su testimonio (p. 7 de la transcripción, línea 1) de que la firma del concesionario en los acuerdos de corretaje no es necesaria en la práctica habitual. Este argumento no fue contradicho por los demandados. Además, el demandante 2 adquirió todos los derechos del franquiciado anterior, incluso en relación con la propiedad objeto de la demanda, en el acuerdo de transferencia del 12 de septiembre de 2017. Vea el testimonio del Sr. Harush sobre este asunto, en la página 9 de la transcripción, líneas 25-28:
"Soy el propietario de la franquicia, el propietario del demandante No. 2 desde tiempos inmemoriales, he sido el propietario de la franquicia desde septiembre de 2017. El contrato se firmó entre el propietario de la franquicia anterior y yo, con una transferencia ordenada entre las oficinas de Remax Israel que yo recuerde en octubre de 2017, cuando compré todos los derechos de la franquicia en la oficina junto con todas las propiedades que se comercializaron en ese momento, cuando la propiedad en cuestión era una de las propiedades que comercializaba la firma".