Casos legales

1. Apelación civil (St.) 37325-07-19 Marina Swirsky contra Yaniv Davidovich - parte 6

September 2, 2025
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"Pregunta.  ¿Esperabas que Remix con su señalización y publicidad hiciera toda esta costosa variedad de forma gratuita, porque Marina comió en tu casa?

  1. No. De nada.  Describes una jornada de puertas abiertas como si fuera algo que estuviera en la rutina de Marina y su trabajo, y no fuera nada inusual, era otra opción para atraer a los compradores de Remax a ver la casa".

Véase también el testimonio del acusado 1 en la página 24 de la transcripción, líneas 19-23:

"P: ¿Estaría de acuerdo conmigo en que, de acuerdo con el contrato que firmó y tanto en el contrato de exclusividad como en el contrato de servicios de corretaje, tiene que pagar de todos modos incluso después del período de exclusividad en la medida en que el trabajo fue realizado por ella?

  1. No lo sé.
  2. No hay disputa, pero Marina trajo a los compradores. ¿Derecha?
  3. Sí".

Por lo tanto, rechazo la alegación de falta de rivalidad planteada por los demandados contra el demandante 1, que es el mediador.

La imagen clara obtenida de las pruebas y los testimonios es que el demandante 1 trabajaba como corredor en la oficina del concesionario anterior, una empresa de bienes raíces que luego se vendió al demandante 2, con sus derechos y activos.  El demandante 1 estaba autorizado a actuar y contratar en nombre del MiILSterio de Corretaje, como se desprende de los acuerdos de corretaje, y actuó en su nombre con plena autoridad.

¿Existía un acuerdo de corretaje válido entre las partes en el momento de la venta?

  1. Respondo afirmativamente a esta pregunta. Sección 14 (a) La ley establece tres condiciones acumulativas, cuyo cumplimiento dará derecho al corredor a honorarios de corretaje.  Esta es la redacción de la sección:

"Tarifas de corretaje

  1. (a) Un corredor de bienes raíces tendrá derecho a una tarifa de corretaje de un cliente si se cumplen todos los siguientes:

(1) Era un licenciatario válido bajo esta Ley en el momento en que se dedicó a la intermediación o estaba sujeto a una exención temporal de acuerdo con las disposiciones de la sección 20 en ese momento;

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