Casos legales

Moción de apertura 32922-11-13 Colegio Académico de Educación Abu Sa’louk Yasmin v. Kay - parte 5

April 27, 2014
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En cuanto a la negativa a proporcionar una muestra de su letra, que impidió la comparación con el manuscrito en el formulario de prueba, explicó (pp. 4, 18, 20, 6, 9-11),  que veía esto como una grave violación de su dignidad y temía los rumores que se difundirían en su pueblo de residencia sobre su sospecha de falsificación.  En su opinión, subjetiva, la cooperación con el Colegio o con el Centro Nacional, con el fin de comparar manuscritos, equivale a una especie de admisión de que ella es una falsificadora y que el solicitante no lo es.

No necesito en absoluto la pregunta de si estas explicaciones son correctas y sinceras, tal vez solo excusas y falsedades, y la pregunta de si los tomadores de decisiones en la universidad habrían cambiado su decisión si se les hubieran presentado estas cosas, en ese momento, y con ellos se aclaran ahora los argumentos legales y de otro tipo que se inundaron en el momento del juicio.  La pregunta que debe hacerse es ¿cómo sucedió que su versión no fue escuchada?

Bueno, es lógico que el solicitante "cayera entre las grietas".

Dado que no forma parte del grupo de estudiantes contra los que se presentaron denuncias y se abrió una investigación, su caso no se esclareció en este marco.  Por otro lado, dado que en el momento pertinente ya no era estudiante de la universidad, la demandada no consideró adecuado ni posible aplicarle el sistema disciplinario consagrado en los estatutos.  Una revisión de la normativa muestra que aparece un escenario de sospecha de trampas en los exámenes, y por cierto, una de las posibles sanciones es, efectivamente, la demora en la concesión del título.  No hace falta decir que, antes de eso, de acuerdo con el reglamento, hay un proceso ordenado de discusión y aclaración, en el que el estudiante tiene una amplia oportunidad de ser escuchado, plantear argumentos y presentar su posición.

Como resultado de que "cayó entre las grietas", la demandante no tuvo ninguna audiencia y no hay evidencia de ningún otro procedimiento ordenado antes de que los funcionarios de la demandada tomaran la decisión en su caso.  Al Dr. Katzir incluso le resultó difícil señalar la identidad exacta de quienes necesitaban una decisión (aparentemente era el presidente, el jefe de la administración estudiantil y la propia declarante, ver pp. 11, s. 15).  No hay documentación del proceso de toma de decisiones, en la medida en que tuvo lugar.

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