En otras palabras, el promulgador de las regulaciones expresó claramente su opinión de que la posesión misma del material prohibido durante el examen y de una manera que permita su uso se presumía como "fraudulenta" incluso si no se comprobó que el estudiante realmente lo usó. La intención de la disposición es claramente prohibir la posesión de material auxiliar prohibido de una manera que permita su uso para copiar, y esto es suficiente para satisfacer el elemento de la infracción disciplinaria en la sección 15D (1) del Reglamento.
Por lo tanto, se rechaza este argumento.
(b) Sentencia suspendida:y
El abogado del demandante alega además que las autoridades disciplinarias se equivocaron al no considerar la posibilidad de imponer una suspensión suspendida al demandante, sino que se vieron obligadas a imponerle una suspensión de un año. Según él, una sentencia suspendida es legalmente posible en este caso, y para este propósito amplió el campo del castigo penal con analogías. También trató de establecer la opinión de que una suspensión suspendida es apropiada en vista de las circunstancias personales del solicitante en este caso.
Este argumento también puede ser rechazado.
La cuestión de si es posible imponer una sanción a condición de que el tenor de la legislación no lo indique explícitamente, se determina en función de la intención probable de dicho acto legislativo, que se desprende de su tenor y de sus finalidades. En este caso, la intención del Reglamento es denegar una pena suspendida en el contexto del artículo 15D(1) junto con el artículo 17A(a). Además, incluso si hubiera sido posible hacerlo, no habría habido margen para ejercer la discreción judicial en la dirección propuesta por el demandante.
Aquí están los detalles:
Una revisión de las regulaciones revela la existencia de un formato de castigo claro: la sección 15 presenta una lista de 12 infracciones disciplinarias. El artículo 16 enumera una serie de sanciones que pueden imponerse por una infracción disciplinaria cometida. El artículo 17 establece disposiciones relativas a la pena suspendida, que se refieren explícitamente sólo a tres tipos de penas que pueden imponerse "suspendidas", sin que se incluya en ellas la pena de "suspensión por un período definido" que se relaciona con nuestra materia.